luces chulas, ¿legales?
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luces chulas, ¿legales?
He descubierto este artículo y me pregunto sobre su legalidad:
Luces de proyección de alas de Ángel
He estado buscando información sobre la legalidad de esto. Y no encuentro nada. A ver qué podéis decirme vosotros.
Luces de proyección de alas de Ángel
He estado buscando información sobre la legalidad de esto. Y no encuentro nada. A ver qué podéis decirme vosotros.
Kritik- Xmen profesional
- Mensajes : 5457
Fecha de inscripción : 09/08/2016
Re: luces chulas, ¿legales?
Todo lo que no esté expresamente permitido es ilegal. Yo no encuentro donde dice que eso está permitido.
Derbi- Xmen acelerando
- Mensajes : 268
Fecha de inscripción : 29/09/2021
Re: luces chulas, ¿legales?
pero funcionan mientras ruedas?, o es como los coches que solo se encienden cuando están parados y salen de los espejos retrovisores. En cualquier caso son una chulada.
Zeck- Xmen acelerando
- Mensajes : 326
Fecha de inscripción : 04/04/2023
Re: luces chulas, ¿legales?
Eso no es así. En ningún sitio del BOE dice que están permitidas las anillas para poner bolsa sobre-depósito de anilla y a nadie se le ocurre que uno pueda ir a la ITV y que te digan que no te pasan la ITV por llevar eso.Derbi escribió:Todo lo que no esté expresamente permitido es ilegal. Yo no encuentro donde dice que eso está permitido.
En el tema luces sólo he encontrado temas de requisitos mínimos.
Según donde las conectes. Se pueden conectar a la luz trasera de carretera y en cuyo caso estarán encendidas siempre que la llave esté en ON (igual que la luz trasera) o a la luz de freno, en cuyo caso saldrán sólo mientras frenas.Zeck escribió:pero funcionan mientras ruedas?, o es como los coches que solo se encienden cuando están parados y salen de los espejos retrovisores. En cualquier caso son una chulada.
Yo me he pasado la mañana mirando en el BOE y no dice nada de que no se pueda.
Lo más parecido que he encontrado al respecto de una posible ilegalidad es el tema de la homologación de un cambio menor. Y dice el BOE que si el técnico entiende que es un cambio que no afecta ni perjudica ni al conductor ni a los demás usuarios de la vía... dirá que no hace falta homologación. Y si entiende que si que cambia significativamente algo, entonces si necesitarías homologarlo. En el caso de estas luces, yo creo que no llevan ninguna homologación. Aunque yo llevo la luz de freno supletoria del baúl Shad SH58X y esta tampoco trae ninguna homologación:
Como ejemplo a este punto de la homologación podría entrar las anillas que necesitan instalación para algunas bolsas sobre-depósito que se instalan en el depósito. Si quieres llevar eso y no estás seguro de poder llevarlo, tendrías que pedir su homologación. Pero el técnico te diría que no afecta lo suficiente significativamente ni a ti ni a los demás para necesitar homologación. (Aunque el realidad te diría algo más parecido a "Venga, pírate. No me hagas perder el tiempo" )
----------------
Yo sospecho que si son legales. De todas formas, en este diciembre me toca paso de ITV. Así que lo preguntaré.
Kritik- Xmen profesional
- Mensajes : 5457
Fecha de inscripción : 09/08/2016
Re: luces chulas, ¿legales?
En tema de luces en algún sitio pone que no se deben llevar más luces que las permitidas. Osea, las obligatorias mas las opcionales ( niebla, por ejemplo), así que no se yo.....
Luego ves por ahí cada camión que parece un árbol de navidad....
Luego ves por ahí cada camión que parece un árbol de navidad....
Derbi- Xmen acelerando
- Mensajes : 268
Fecha de inscripción : 29/09/2021
Re: luces chulas, ¿legales?
Claro, eso también es lo que pensaba yo, y por eso estuve buscando sobre este tema en el BOE por todos lados y preguntando aquí también. Pero realmente no he llegado a encontrar nada al respecto, salvo lo que comento de la homologación de cambios mayores o menores (lo cual es según la opinión del técnico que te toque). Creo que me voy a acercar a un taller de ITV donde la he pasado las 2 últimas y donde me toca en unos meses y preguntaré allí. Creo que será una fuente bastante fiable. Os comento lo que me digan.Derbi escribió:En tema de luces en algún sitio pone que no se deben llevar más luces que las permitidas. Osea, las obligatorias mas las opcionales ( niebla, por ejemplo), así que no se yo.....
Jaja ya te digo.Derbi escribió:Luego ves por ahí cada camión que parece un árbol de navidad....
Kritik- Xmen profesional
- Mensajes : 5457
Fecha de inscripción : 09/08/2016
Re: luces chulas, ¿legales?
En este artículo del BOE he encontrado:
6.4. LUCES DE FRENADO
6.4.1. Número
Una o dos.
6.4.2. Disposición
Ningún requisito particular.
6.4.3. Ubicación
6.4.3.1. En altura: a una distancia sobre el suelo comprendida entre 250 mm y 1500 mm.
6.4.3.2. En longitud: en la parte trasera del vehículo.
6.4.4. Visibilidad geométrica
Ángulo horizontal :
45° a la izquierda y a la derecha para una luz simple;
45° hacia el exterior y 10° hacia el interior para cada par de luces.
Ángulo vertical : 15° por encima y por debajo de la horizontal.
No obstante, el ángulo vertical por debajo de la horizontal podrá reducirse a 5° si la luz estuviera a menos de 750 mm del suelo.
6.4.5. Orientación
Hacia la parte trasera del vehículo.
6.4.6. Conexiones eléctricas
Se encenderán en cualquier aplicación del freno de servicio.
6.4.7. Testigo
Opcional; cuando esté instalado, este testigo será de funcionamiento y consistirá en una luz de advertencia no intermitente, que se encenderá en caso de funcionamiento defectuoso de las luces de frenado.
6.4.8. Otros requisitos
Ninguno.
Como yo ya llevo una luz supletoria de freno bajo la bandeja del baúl, no podría poner más.
Sin embargo, en este otro artículo del BOE también he encontrado algo respecto a la intensidad:
7. Intensidad de la luz emitida
En el eje de referencia, la intensidad de la luz emitida por cada uno de los dos dispositivos no deberá ser ni mayor ni menor que los valores máximo y mínimo definidos a continuación. Los valores máximos indicados no deben ser sobrepasados en ninguna dirección.
Min. (cd) / Max. (cd)
(...)
7.3 Luces de stop 40 100
Y según esto, si una luz de freno no llega a 40 cd (medida de intensidad de luz llamada candela) no puede ser considerada luz de freno. Y en ese caso, si no molesta a nadie por ser muy tenue (sospecho que esta luz de alas de ángel es muy tenue por ser de 3W) quizás no sea necesaria su homologación por ser un cambio menor. Como digo, voy a tirar por ahí a la hora de preguntar en la ITV. Ya os diré.
6.4. LUCES DE FRENADO
6.4.1. Número
Una o dos.
6.4.2. Disposición
Ningún requisito particular.
6.4.3. Ubicación
6.4.3.1. En altura: a una distancia sobre el suelo comprendida entre 250 mm y 1500 mm.
6.4.3.2. En longitud: en la parte trasera del vehículo.
6.4.4. Visibilidad geométrica
Ángulo horizontal :
45° a la izquierda y a la derecha para una luz simple;
45° hacia el exterior y 10° hacia el interior para cada par de luces.
Ángulo vertical : 15° por encima y por debajo de la horizontal.
No obstante, el ángulo vertical por debajo de la horizontal podrá reducirse a 5° si la luz estuviera a menos de 750 mm del suelo.
6.4.5. Orientación
Hacia la parte trasera del vehículo.
6.4.6. Conexiones eléctricas
Se encenderán en cualquier aplicación del freno de servicio.
6.4.7. Testigo
Opcional; cuando esté instalado, este testigo será de funcionamiento y consistirá en una luz de advertencia no intermitente, que se encenderá en caso de funcionamiento defectuoso de las luces de frenado.
6.4.8. Otros requisitos
Ninguno.
Como yo ya llevo una luz supletoria de freno bajo la bandeja del baúl, no podría poner más.
Sin embargo, en este otro artículo del BOE también he encontrado algo respecto a la intensidad:
7. Intensidad de la luz emitida
En el eje de referencia, la intensidad de la luz emitida por cada uno de los dos dispositivos no deberá ser ni mayor ni menor que los valores máximo y mínimo definidos a continuación. Los valores máximos indicados no deben ser sobrepasados en ninguna dirección.
Min. (cd) / Max. (cd)
(...)
7.3 Luces de stop 40 100
Y según esto, si una luz de freno no llega a 40 cd (medida de intensidad de luz llamada candela) no puede ser considerada luz de freno. Y en ese caso, si no molesta a nadie por ser muy tenue (sospecho que esta luz de alas de ángel es muy tenue por ser de 3W) quizás no sea necesaria su homologación por ser un cambio menor. Como digo, voy a tirar por ahí a la hora de preguntar en la ITV. Ya os diré.
Kritik- Xmen profesional
- Mensajes : 5457
Fecha de inscripción : 09/08/2016
Re: luces chulas, ¿legales?
Pues en la ITV no me supieron decir. Es más, el técnico decía algo distinto a lo que dice el BOE, que sólo se podía llevar 1 única luz de freno. Menos mal que el recepcionista de la ITV me dio un correo electrónico al que escribir mi duda. Solo que no ha servido de nada. No he recibido respuesta.
He decidido conectarlas de tal manera que sea fácil desconectarlas. Iré a la ITV con ellas puestas a ver si me dicen algo. Y si lo hacen, sólo tengo que desconectarlas, pasar la ITV y luego volver a conectarlas.
Por cierto, no son muy fuertes. Durante el día yo creo que apenas se verán. Algo si, pero poco. Pero por la noche si deben ver bien.
Seguiré informando.
He decidido conectarlas de tal manera que sea fácil desconectarlas. Iré a la ITV con ellas puestas a ver si me dicen algo. Y si lo hacen, sólo tengo que desconectarlas, pasar la ITV y luego volver a conectarlas.
Por cierto, no son muy fuertes. Durante el día yo creo que apenas se verán. Algo si, pero poco. Pero por la noche si deben ver bien.
Seguiré informando.
Kritik- Xmen profesional
- Mensajes : 5457
Fecha de inscripción : 09/08/2016
Re: luces chulas, ¿legales?
Entonces son luces de freno?
Derbi- Xmen acelerando
- Mensajes : 268
Fecha de inscripción : 29/09/2021
Re: luces chulas, ¿legales?
Realmente son luces decorativas. Y dependen de a qué las conectes. Por poder, puedes escogerlas amarillas y conectarlas a los intermitentes. De forma que parpadeen al mismo ritmo que los intermitentes. O escogerlas blancas y ponerlas fijas a batería bajo llave. O rojas fijas igual que la luz de cruce trasera, conectadas igual a batería bajo llave. O como yo pretendo hacer... de color rojo y conectadas a la luz de freno. La legalidad de cómo las pongas es otro asunto (que es precisamente lo que me inquieta) Pero por poder, puedes conectarlas donde quieras y del color que elijas.Derbi escribió:Entonces son luces de freno?
Kritik- Xmen profesional
- Mensajes : 5457
Fecha de inscripción : 09/08/2016
Re: luces chulas, ¿legales?
Cuando las tengas montadas, por favor, manda foto para ver que chulo debe quedar. V´sssKritik escribió:Realmente son luces decorativas. Y dependen de a qué las conectes. Por poder, puedes escogerlas amarillas y conectarlas a los intermitentes. De forma que parpadeen al mismo ritmo que los intermitentes. O escogerlas blancas y ponerlas fijas a batería bajo llave. O rojas fijas igual que la luz de cruce trasera, conectadas igual a batería bajo llave. O como yo pretendo hacer... de color rojo y conectadas a la luz de freno. La legalidad de cómo las pongas es otro asunto (que es precisamente lo que me inquieta) Pero por poder, puedes conectarlas donde quieras y del color que elijas.Derbi escribió:Entonces son luces de freno?
Zeck- Xmen acelerando
- Mensajes : 326
Fecha de inscripción : 04/04/2023
Re: luces chulas, ¿legales?
Los camiones , tractores y otros vehiculos industriales, si pueden montar luces de trabajo o decorativas. No se homologan las luces. Solamente se legaliza el soporte para montarlas.
En las motos, no está permitida la instalación de faros de trabajo o decorativas.
Cuando homologue los antiniebla pregunte por este tema y la respuesta fue negativa.
Las Goldwing llevan varias luces de adorno y de tanto en tanto alguna no pasa la itv.
Por ese motivo muchas llevan un interuptor pera que no funcionen cuando no conviene.
En las motos, no está permitida la instalación de faros de trabajo o decorativas.
Cuando homologue los antiniebla pregunte por este tema y la respuesta fue negativa.
Las Goldwing llevan varias luces de adorno y de tanto en tanto alguna no pasa la itv.
Por ese motivo muchas llevan un interuptor pera que no funcionen cuando no conviene.
cb500xmaño- Xmen curveando
- Mensajes : 778
Fecha de inscripción : 15/04/2020
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